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Protección del software

ESPECIALISTAS EN DERECHOS DE AUTOR PARA SOFTWARE

Se conoce como software o programa de ordenador al soporte lógico de un sistema informático que comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios para la realización de tareas específicas, en contraposición a los componentes físicos, denominados hardware.

 

El desarrollo del software exige una considerable inversión de recursos humanos, técnicos y financieros, y dichos programas pueden copiarse con un coste mínimo en relación con el que se necesita para crearlos de forma independiente. Por ello, es necesario asegurar su correcta protección a través del derecho de autor.

 

Para disfrutar de la protección que ofrecen los derechos de autor no se requiere el registro ni ninguna otra formalidad; la protección se concede por el mero hecho de la creación del programa, siempre que el autor pueda acreditar de algún modo fehaciente su condición como tal.

Sin embargo, en muchas ocasiones puede ser decisivo para el autor del programa contar con una prueba o certificado de autoría oficialmente reconocidos que le permita actuar con mayor seguridad frente a terceros en caso de copia o uso ilícito de su creación.

 

Cabe señalar que el derecho de autor protegerá únicamente el programa informático en la forma escrita por un programador, es decir, su código fuente.

 

El Convenio sobre la Patente Europea establece que el software no es patentable en la medida en que la solicitud de patente se refiera a un programa informático como tal. No obstante, se hace una distinción entre las patentes de software en sentido estricto y las denominadas invenciones implementadas por ordenador.

 

En cada caso, el equipo de profesionales de nuestro Departamento Legal y nuestros Agentes de Patentes asesoran al cliente de forma personalizada sobre las distintas alternativas para proteger sus creaciones de software en todos los territorios de interés.

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